El índice normativo · datos oficiales, fuente y fecha

¿Dónde se puede convertir un local en vivienda? La normativa, municipio a municipio

Convertir un local comercial en vivienda lo decide el planeamiento de cada ciudad: si admite uso residencial en planta baja, qué superficie útil y altura libre mínimas exige, qué pide de ventilación, y si hay ejes comerciales protegidos que lo impidan. Aquí lo publicamos citado a su artículo y con la fecha de consulta — sin inventar cifras: lo que no podemos citar de una fuente oficial, lo marcamos como pendiente.

Madrid

Madrid · Comunidad de Madrid

  • Uso en planta baja: Condicionado
  • Superficie útil mín.: 40 m²
  • Altura libre mín.: 2,5 m
  • Ejes protegidos:
Ver normativa citada →

Zaragoza

Zaragoza · Aragón

  • Uso en planta baja: Condicionado
  • Superficie útil mín.: 45 m²
  • Altura libre mín.: 2,5 m
  • Ejes protegidos:
Ver normativa citada →

Cómo lo hacemos

Cada ficha se construye leyendo el planeamiento oficial del municipio (PGOU/Normas Urbanísticas) y, cuando aplica, la normativa autonómica de habitabilidad. Cada uno de los cinco parámetros lleva su cita: documento, artículo, enlace a la fuente y fecha en que se consultó. No usamos estimaciones de IA como dato: si un valor no está citado, no es vinculante y así se indica. Para quien arriesga capital, una cita verificable vale más que un “estimado” opaco.